No se sabe si es un problema o algo beneficioso para este
parque que se encuentra entre las calles Fray Pedro Urraca y Bartolomé de las Casas, hay varios gatos en este parque, cuando llegué solo había
dos, pero, las personas que entreviste afirman lo contrario.
Miluska Paulo Garcia nos cuenta, "adoro a los gatos, no sé cómo
llegaron aquí estos felinos, creo que sus dueños los abandonaron, que no tienen
a donde ir, así que algunas personas como yo alimentamos a veces a estos
pequeñines, ella también tiene un gato en su casa, lo encontró casi muerto por
el colegio San Vicente, es un gato rescatado".
"Bueno por lo que se es que en
ese local donde ellos se duermen le dan de comer, están esterilizados y porque
eso que son algo tranquilos, yo creo que estos animalitos son buenos, corren a
las ratas o pericotes que se encuentran aquí, todo gato es bueno mientras estén
operados, si no lo están comienzan a destruir cosas y tal vez estuvieran en las
casas de nosotros haciendo desastres" expreso Alejandro Seminario Sayan .
El señor vive justo al frente del parque, lastimosamente no
pude dar con el nombre del parque así que lo llame así, lo curioso es que
en la parte donde se hospedan los gatos hay letreros donde dicen que estos
gatos son esterilizados, pero son territoriales, es algo peligroso que dejen abandonados
aquí otro gato, suelen botar de su zona si lo consideran enemigo.
Hay otro cartel donde dice: Prohibido maltratar a los gatos.
Ley 30407, Ley de protección y bienestar animal.
Son varios capítulos, pero haré un resumen sobre esta ley.
El proyecto tipifica
como delito los actos de crueldad contra los animales, sean domésticos o
silvestres, y contempla sanciones de hasta dos años de cárcel solo por maltrato
y hasta con cinco años si el animal muere a consecuencias de esos maltratos.
El maltrato al que se hace referencia en el proyecto
contempla el tratamiento en caso de animales silvestres, acuáticos, domésticos
y silvestres en cautiverio, tenencia responsable, biodiversidad, bienestar
animal, para lo que se incluye la competencia de autoridades como los
ministerios de Agricultura, Producción, Ambiente, Educación, Salud; así como
los gobiernos Locales y regionales que tendrán la potestad para sancionar el
delito de maltrato.
Asimismo, se establecen las obligaciones de los propietarios
o responsables de un animal; se promueven las Asociaciones de Protección y
Bienestar Animal; así como los albergues temporales para animales en estado de
abandono; se regula los experimentos, investigación y docencia con animales
solo a cargo de universidades y centros especializados únicamente cuando no
pueda usarse otros métodos que no incluyan animales, y con la fiscalización de
un Comité Institucional de Cuidado y Uso Animal que las universidades y
centros están obligados a crear.
Escrito por
Luis Enrique Alva Tafur


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